Congreso fortalece protección a mujeres con nuevas herramientas contra la violencia en San Luis Potosí
Incorporan a la legislación conceptos como agresor, debida diligencia y enfoque diferencial, además de violencia comunitaria y escolar
El Pleno del Congreso del Estado aprobó reformas a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con las que se amplían y precisan las herramientas jurídicas para prevenir, atender y sancionar las distintas formas de violencia contra mujeres, niñas y adolescentes.
La diputada Dulcelina Sánchez de Lira, promovente de la iniciativa, explicó que las modificaciones incorporan los conceptos de debida diligencia, agresor y enfoque diferencial, así como disposiciones específicas relacionadas con la violencia en la comunidad y la violencia escolar.
La legisladora señaló que estas modificaciones no representan únicamente una actualización técnica de la legislación, sino una respuesta a la necesidad de fortalecer la actuación del Estado para garantizar justicia con perspectiva de género y evitar que existan vacíos legales que puedan dejar desprotegidas a las víctimas.
Uno de los cambios consiste en establecer de manera clara el concepto de “agresor”, entendido como la persona que ejerce cualquier tipo de violencia. De acuerdo con Sánchez de Lira, esta precisión permite centrar las medidas de protección y las acciones de sanción en quien ejerce la conducta violenta, evitando narrativas que pretendan justificarla.
También se incorpora el principio de “debida diligencia”, que obliga a las personas servidoras públicas a actuar de manera oportuna y eficaz en la prevención, investigación y sanción de hechos de violencia, con apego a los estándares de derechos humanos. Con ello, se busca combatir la negligencia y la revictimización institucional.
Otro de los conceptos incorporados es el “enfoque diferencial”, mediante el cual se reconoce que la violencia no afecta de la misma manera a todas las mujeres, niñas y adolescentes, particularmente a quienes pertenecen a grupos históricamente discriminados. La finalidad es que puedan establecerse medidas específicas para garantizar un acceso efectivo a sus derechos.
Las reformas también profundizan en la definición de violencia en la comunidad y violencia escolar. En el ámbito comunitario, se busca visibilizar las agresiones que enfrentan las mujeres en los espacios donde desarrollan su vida cotidiana, mientras que en el entorno educativo se refuerza la protección de niñas y adolescentes frente al acoso y otras expresiones de violencia.
En este último caso, las modificaciones contemplan la necesidad de fortalecer los mecanismos y protocolos de actuación de las instituciones educativas para responder ante situaciones de violencia escolar.
Asimismo, se establece la obligación de proporcionar información que permita alimentar el Registro Nacional de Medidas u Órdenes de Protección de las Mujeres, Adolescentes, Niñas y Niños, con el objetivo de contar con datos confiables y actualizados sobre las medidas de protección implementadas en San Luis Potosí.
Sánchez de Lira sostuvo que, en conjunto, las modificaciones permitirán dotar a la legislación de mayor claridad, operatividad y eficacia, además de armonizar diversas disposiciones estatales con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
La diputada afirmó que el objetivo final es que el derecho de las mujeres a vivir libres de violencia deje de ser únicamente una declaración normativa y se convierta en una garantía efectiva de protección, justicia y acceso a sus derechos.
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