EOS Noticias

La CEDH emite recomendación por empresa peligrosa

0

La Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) emitió la recomendación 19/2019 a la Secretaria de Ecología y Gestión Ambiental y al Organismo Intermunicipal Metropolitano De Agua Potable, Alcantarillado, Saneamiento y Servicios Conexos (INTERAPAS), por permitir la contaminación con material peligroso por parte de una empresa privada.

La CEDH recibió una queja contra autoridades municipales por la donación de un terreno que se utilizaba como área verde por los habitantes del Fraccionamiento Valle del Agave y posteriormente fue ocupado para la construcción de una escuela primaria, la queja fue ampliada hacia la Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental del Estado, al Organismo Intermunicipal Metropolitano de Agua, Alcantarillado, Saneamiento y Servicios Conexos y la Coordinación Estatal de Protección Civil, debido a que cerca del lugar se encuentra instalada una empresa considerada de alto riesgo por los contaminantes que emite.

En octubre de 2016 la CEDH emitió un Informe Especial, el cual hace referencia a la observancia y respeto de los derechos humanos de la ciudadanía que habita la zona, pues se ve seriamente en peligro y afectada por los contaminantes vertidos en el sistema de drenaje por parte de la industria.

Dentro de la investigación realizada para la realización del Informe Especial, se indicó que en 2013 el Director General de Protección Civil del Estado informó a la Secretaría de Educación sobre la emisión de un dictamen de riesgo en el que se asentó que en el terreno existían antecedentes sobre riesgo de explosión, sumado a un procedimiento que inició INTERAPAS, debido a las detecciones que realizó el cuerpo de Bomberos respecto a la explosividad en los drenajes ya que la Industria vierte desechos al drenaje, por lo que consideró que es una Industria de Alto Riesgo.

En relación a lo anterior tanto las autoridades estatales como municipales, se comprometieron a cumplir los puntos que se indicaban en mencionado informe entre los cuales destacan: Que todas las autoridades como medida de reparación colaboren en los ámbitos de sus respectivas competencias a efecto de que se concluya el trámite ante SEGAM que se inició con motivo de las incidencias y omisiones detectadas, se colaboren en los ámbitos de sus respectivas competencias a efecto de que se concluyan los trámites relativos a las condiciones particulares de descarga de aguas residuales y si representa un grado de explosividad y se realicen los estudios y tramites que se requieran para la obtención de las licencias de Funcionamiento, Construcción, de Uso de Suelo, así como los estudios de impacto ambiental.

Sin embargo, después de varios meses la víctima acudió nuevamente a la CEDH con el fin de reapertura el expediente de queja ya que las autoridades no habían cumplido con los puntos recomendatorios del Informe Especial por lo que se determinó que de parte de INTERAPAS y a la SEGAM; subsiste el agravio a derechos humanos respecto a la violación a los derechos humanos al agua, en su modalidad de un debido saneamiento, al disfrute de un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado y a la salud. Para analizar lo anterior la CEDH solicitó a la Asociación Civil Cambio de Ruta, A.C., una opinión respecto a los daños ambientales de la zona, documento en el que se indicó que una vez analizada la normativa oficial mexicana, así como la legislación correspondiente, la SEGAM y diversas autoridades estatales no están dando cumplimiento a las Normas Oficiales NOM-020-SSA1-1993, NOM-021-SSA1-1993, NOM-022-SSA1-1993, NOM-085-SEMARNAT-2011, NOM-044-SEMARNAT-2006.

Por lo que luego del análisis documental que obra en el expediente en seguimiento del Informe Especial, la Comisión Estatal de Derechos Humanos emitió la Recomendación 19/ 2019 dirigida a Secretaria de Ecología y Gestión Ambiental y al Organismo Intermunicipal Metropolitano De Agua Potable, Alcantarillado, Saneamiento y Servicios Conexos.

A la SEGAM se le recomienda giren instrucciones para que se lleven a cabo acciones jurídicas efectivas tendientes a que la Empresa involucrada, dé cumplimiento a las medidas de seguridad que la misma Secretaría le fijó en los términos siguientes: llevar a cabo la separación de los drenajes de aguas pluviales, sanitarias y de proceso; presentar programa de minimización de residuos, con el objeto de evitar alta concentración orgánica en las descargas de aguas residuales.

Presentar un programa de obra para mejorar el sistema de tratamiento de las aguas residuales con el objeto de disminuir las altas concentraciones de contaminantes en las descargas de las aguas residuales.

Como forma de Reparación del Daño, colabore con INTERAPAS a que efecto de que en un plazo de 60 días naturales contados a partir de la aceptación de la presente Recomendación, se lleve a cabo la celebración de un convenio de coordinación interinstitucional y cooperación técnica, entre esa Secretaría e INTERAPAS, en el que se invite también a la empresa, con el objeto de elaborar e implementar un programa integral de saneamiento del sistema público de descarga.

Al INTERAPAS se le recomendó girar instrucciones a fin de que ese Organismo Intermunicipal dé cumplimiento a sus propias determinaciones en las que indicó la necesidad de la construcción por parte de la Empresa de un sistema de tratamiento adecuado de descarga residual.

Además, como inmediata se determinen e impongan las medidas técnicas correctivas y de urgente aplicación a fin de evitar, se sigan descargando aguas residuales fuera de la normatividad aplicable a la red pública de drenaje.

El propósito central de esta Recomendación es garantizar a los habitantes de la colonia Valle de Agave un correcto saneamiento de las aguas residuales en beneficio de su derecho a la salud y al medio ambiente.

Deja una respuesta

Su dirección de correo electrónico no será publicada.