La iniciativa busca que el registro pueda consultarse de manera gratuita y permanente a través de una plataforma digital oficial, sin necesidad de acreditar interés jurídico.
Con el objetivo de fortalecer el cumplimiento de las obligaciones alimentarias y garantizar el derecho de niñas, niños y adolescentes a recibir alimentos, la diputada Gabriela Guadalupe Martínez Vázquez presentó una iniciativa para adicionar el artículo 167 Septies al Código Familiar del Estado de San Luis Potosí.
La propuesta plantea garantizar la máxima publicidad del Padrón Estatal de Personas Deudoras Alimentarias Morosas, cuya administración corresponde al Poder Judicial del Estado, para que sea de carácter público, de acceso libre y de consulta abierta.
La legisladora señaló que, aunque el derecho a la alimentación está protegido por tratados internacionales, la Constitución Federal, la Constitución local y diversas disposiciones legales, persiste el incumplimiento de obligaciones alimentarias, obligando a las personas acreedoras a acudir ante las autoridades para exigir la protección efectiva de este derecho.
Por ello, la iniciativa propone que el padrón se encuentre disponible de manera permanente y gratuita mediante una plataforma digital oficial, que permita realizar consultas de forma sencilla, ágil y clara, sin necesidad de acreditar interés jurídico.
Además, se establece que el registro deberá mantenerse permanentemente actualizado, incorporando oportunamente las altas, bajas y modificaciones que deriven de resoluciones judiciales, con el propósito de garantizar la veracidad y confiabilidad de la información.
La propuesta también contempla limitar los datos publicados. El padrón únicamente contendría el nombre y apellidos de la persona deudora alimentaria morosa, quedando prohibida la difusión de cualquier otro dato personal que resulte innecesario para los fines de identificación, publicidad y cumplimiento de las obligaciones alimentarias.
Martínez Vázquez recordó que este padrón tiene como finalidad registrar, por mandato de autoridad judicial, a las personas que estando obligadas a proporcionar alimentos provisionales o definitivos, fijados o reconocidos mediante resolución firme, incumplan con dicha obligación.
La iniciativa fue turnada a la Comisión Segunda de Justicia para su análisis y dictaminación.
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