Prestadores turísticos de SLP deberán estar inscritos en el Registro Nacional de Turismo
La Comisión de Fomento al Turismo aprobó una reforma para armonizar la legislación estatal con la Ley General de Turismo; el dictamen todavía deberá pasar por el Pleno del Congreso.
Los prestadores de servicios turísticos en San Luis Potosí deberán contar con su inscripción en el Registro Nacional de Turismo (RNT), de acuerdo con una reforma aprobada por la Comisión de Fomento al Turismo de la LXIV Legislatura.
El dictamen modifica el artículo 67 de la Ley de Turismo del Estado y fue promovido por la diputada María Aranzazu Puente Bustindui, presidenta de la comisión.
La legisladora explicó que la intención es armonizar la legislación potosina con la Ley General de Turismo, que ya contempla esta obligación a nivel federal, y dar mayor certeza sobre los requisitos que deben cumplir quienes ofrecen servicios relacionados con el sector.
La modificación establece expresamente que los prestadores deberán realizar su inscripción en el Registro Nacional de Turismo conforme a los términos y plazos establecidos en la legislación federal y demás disposiciones aplicables.
Con ello, señaló Puente Bustindui, se pretende evitar la duplicidad de requisitos o procedimientos entre las disposiciones estatales y federales.
El Registro Nacional de Turismo funciona como un catálogo público de los prestadores de servicios turísticos del país y contempla diferentes actividades del sector, como establecimientos de hospedaje, agencias de viajes, guías de turistas y otros servicios contemplados por la normatividad aplicable.
La reforma mantiene además la obligación de cumplir con el resto de las disposiciones previstas para quienes prestan servicios turísticos.
La modificación todavía no entra en vigor. Tras su aprobación en comisión, el dictamen será enviado al Pleno del Congreso del Estado para su discusión y votación.