Buscan castigar hasta con seis años de cárcel a hospitales y funerarias que retengan cadáveres en SLP
La Comisión de Salud y Asistencia Social del Congreso del Estado aprobó una reforma al Código Penal de San Luis Potosí para endurecer las sanciones contra hospitales, clínicas, sanatorios y funerarias que retrasen o nieguen la entrega de un cadáver.
La diputada Frinné Azuara Yarzábal, presidenta de la comisión, explicó que la propuesta modifica el artículo 248 del Código Penal y plantea elevar considerablemente las penas por esta conducta.
Actualmente, la sanción contemplada va de tres meses a dos años de prisión; con la reforma, se propone establecer una pena de dos a seis años de cárcel.
La modificación alcanzaría a directivos de clínicas, sanatorios y hospitales, tanto públicos como privados, así como a funerarias que incurran en la retención o retraso injustificado en la entrega de los restos de una persona fallecida.
Azuara Yarzábal señaló que la conducta ya se encuentra tipificada, por lo que la reforma busca endurecer el castigo existente ante situaciones que afectan directamente a las familias en un momento especialmente delicado.
El dictamen fue aprobado en comisión, pero todavía no entra en vigor: deberá ser sometido a discusión y votación del Pleno del Congreso del Estado.
De recibir el aval del Pleno, la pena podría alcanzar hasta seis años de prisión.