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Avalan Reforma Histórica: SLP Reconoce Como Violencia Obstaculizar la Interrupción Legal del Embarazo

La Comisión Primera de Justicia del Congreso del Estado aprobó un dictamen clave que reforma la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de San Luis Potosí, incorporando como violencia contra los derechos reproductivos cualquier acción u omisión que limite o vulnere el acceso a los servicios de salud para la interrupción voluntaria del embarazo en los casos permitidos por la ley.

La diputada María Leticia Vázquez Hernández, presidenta de la Comisión, explicó que la legislación ya contemplaba como violencia toda restricción a la información y educación en salud sexual y reproductiva. Sin embargo, ahora se añade explícitamente el derecho a recibir servicios de interrupción voluntaria del embarazo cuando la ley lo permite.

La reforma también amplia la protección para mujeres víctimas de delitos como violación, estupro, inseminación artificial indebida o implantación de un óvulo fecundado sin consentimiento, integrando estos casos dentro de las órdenes de protección administrativas que deben garantizar el acceso inmediato a la interrupción legal del embarazo.

El dictamen subraya que el Estado y las instituciones públicas de salud están obligados a ofrecer este servicio de manera pronta, sin demoras, accesible y de calidad. Cualquier retraso, aplazamiento o negligencia institucional será considerado violencia contra los derechos reproductivos, ya que vulnera la salud, la libertad reproductiva y el derecho a decidir de las mujeres gestantes.

La reforma modifica los artículos 4°, fracción II, y 37, fracción VI, inciso c) de la Ley, y será presentada ante el Pleno del Congreso para su votación definitiva.

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