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Avala Congreso reformas para fortalecer seguridad en guarderías y centros de cuidado infantil

En reunión de Comisiones Unidas de Educación y de Seguridad Pública, diputadas y diputados del Congreso del Estado aprobaron por unanimidad reformas a la Ley de Centros de Educación Inicial y Cuidado Infantil, con el objetivo de homologarla a la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil y reforzar las medidas de protección para niñas y niños.

El diputado Crisógono Pérez López, presidente de la Comisión de Educación, explicó que la modificación principal establece que los menores podrán ingresar a guarderías desde los 43 días de nacidos, como lo marca la normativa federal. Esto responde a que las madres cuentan con 42 días antes y 42 días después del parto; por ello, a partir del día 43 deben contar con una opción segura para el cuidado de sus hijos.

La iniciativa, presentada por el diputado Cuauhtli Fernando Badillo Moreno, subraya la necesidad de elevar los estándares de vigilancia y seguridad en los centros de atención, dado que las y los usuarios son población altamente vulnerable que no puede reaccionar ante una contingencia.

Entre los cambios aprobados, se establece que ningún centro podrá iniciar operaciones sin contar con un dictamen y un Programa Interno de Protección Civil, requisito que sí contempla la Ley General pero que no estaba plenamente especificado en la legislación estatal. Esta medida busca garantizar supervisiones claras y reforzadas desde antes de su apertura.

Las reformas también precisan que los Centros de Educación Inicial y Cuidado Infantil —incluidas guarderías, estancias, CENDI y centros de desarrollo infantil, públicos, privados o mixtos— podrán atender a infantes desde los 43 días de nacidos y hasta los seis años de edad, siempre que cuenten con autorización oficial y cumplan con los requisitos de seguridad.

La autoridad estatal deberá impulsar programas de capacitación, actualización y certificación del personal, así como mantener un Registro Estatal de Centros de Atención, que será público y estará vinculado al Registro Nacional. Este catálogo incluirá información sanitaria y epidemiológica en coordinación con la Secretaría de Salud.

La Coordinación Estatal de Protección Civil será la encargada de realizar inspecciones, aprobar los programas internos, y aplicar sanciones cuando sea necesario, garantizando así el cumplimiento de la normatividad.

Finalmente, se determinó que todos los CEICI deberán contar con licencia de funcionamiento y medidas mínimas de seguridad acordes a la edad de las niñas y niños que atienden.

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